APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2020




Promulgación: 30/12/2020
Publicación: 12/01/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 26

   Ninguna persona física que preste servicios personales a la Administración, cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes por todo concepto, por el desempeño conjunto de sus actividades, superiores al 60% de la retribución total sujeta a montepío, del Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 17.556 modificado por el artículo 10 de la Ley N° 19.438 (Rendición de Cuentas 2015) y Decreto 68/003. En el caso de las retribuciones de los señores Directores se estará a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley N° 18.996.
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