La Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, otorgará las autorizaciones de tráfico o servicios comerciales a los buques y/o embarcaciones de bandera nacional, teniendo en cuenta la zona de navegación establecida por la Autoridad Marítima en el Certificado Nacional de Navegabilidad, sin excederse de la misma.