COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 24/09/1982
Publicación: 08/11/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 509

Artículo 2

   Las Tasas Globales Arancelarias determinadas en el artículo precedente
se desagregarán de acuerdo a lo establecido en la tabla determinada por el
artículo 2º del decreto 654/981, de 30 de diciembre de 1981.
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