REGULACION DEL MANEJO Y DISPOSICION DE BATERIAS DE PLOMO Y ACIDO USADAS O A SER DESECHADAS




Promulgación: 10/09/2003
Publicación: 18/09/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 476
Referencias a toda la norma

Artículo 7

 (Aplicabilidad estatal). El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento 
Territorial y Medio Ambiente, fijará los criterios para la aplicación del 
concepto de usuario especial dentro de la persona jurídica Estado, 
estableciendo de manera precisa las entidades o unidades que estarán 
sujetas a la obligación de elaborar e implementar un plan de gestión de 
sus baterías de plomo y ácido, según lo dispuesto en el artículo 
anterior. 

Los entes autónomos, servicios descentralizados y gobiernos 
departamentales estarán alcanzados por el régimen de usuario especial 
previsto en el artículo anterior cuando según el mismo así corresponda. 
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