REGULACION DEL MANEJO Y DISPOSICION DE BATERIAS DE PLOMO Y ACIDO USADAS O A SER DESECHADAS




Promulgación: 10/09/2003
Publicación: 18/09/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 476
Referencias a toda la norma

Artículo 15

 (Destino final). Nadie podrá disponer baterías o acumuladores eléctricos 
de plomo y ácido, usadas o meramente desechadas, incluidos sus 
componentes que contengan plomo, como residuos comunes o asimilables a 
urbanos o domiciliarios, incluyendo su disposición en vertederos comunes 
y rellenos sanitarios, salvo autorización expresa de la Dirección 
Nacional de Medio Ambiente.
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