Las firmas exportadoras quedan obligadas a presentar, antes del día
diez de cada mes, ante la Comisión Honoraria del Plan de Desarrollo
Agropecuario, la información correspondiente a las exportaciones realmente
realizadas durante el mes precedente, por fertilizante exportado,
aportando los siguientes datos: número de registro y su análisis; volumen
físico exportado, en toneladas métricas; valor FOB total de la exportación
en dólares americanos y nombre del país de destino. Asimismo, las firmas
exportadoras registrarán en las planillas de movimiento de stock, la
existencia al último día del mes precedente, del fertilizante a exportar.