Visto: estos antecedentes relacionados con el proyecto de "Reglamentación
de Servicios de Hemoterapia", propuesto por la Comisión Especial designada
al efecto.
Considerando: que la División Técnica estima que debe aprobarse el mismo.
Atento: a lo informado por las oficinas competentes del Ministerio de
Salud Pública,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la siguiente Reglamentación de Servicios de Hemoterapia.(*)