DEROGACION DE LOS ARTS. 2° A 8° DEL DECRETO 554/976, RELATIVO A LA INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITE DE FACILITACION DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 4
El Director Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, se desempeñará como Presidente del Comité y el Director General de Aviación Civil se desempeñará como Vicepresidente del Comité, en quien podrá delegar sus funciones.