DEROGACION DE LOS ARTS. 2° A 8° DEL DECRETO 554/976, RELATIVO A LA INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITE DE FACILITACION DE TRANSPORTE AEREO INTERNACIONAL




Promulgación: 04/11/2021
Publicación: 10/11/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   Los representantes de los siguientes organismos y entidades se desempeñarán como miembros no permanentes del Comité y serán convocados cuando se traten temas de sus respectivas jurisdicciones:

   Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
   Dirección Nacional de Correos.
   Banco Central
   Dirección General Impositiva.
   Agencias de Viaje.
   Despachantes de Aduana.
   Expedidores de Carga Aérea.
   Agentes de Carga Aérea.
   Interpol.
Ayuda