MARCO NORMATIVO DE DESCENTRALIZACION DE LA GESTION DE HOSPITALES PUBLICOS




Promulgación: 07/10/1997
Publicación: 21/10/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

V - FINANCIAMIENTO DE LOS HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA

Artículo 30

   El monto de las liquidaciones que formule el Hospital Publico de
Gestión Descentralizada tanto en el caso que el usuario esté cubierto por
un organismo público o por una institución privada de asistencia, podrá
ser ajustado, conforme a la facultad establecida por el art. 26 del
decreto 672/991 de 11 de diciembre de 1991, en función de los convenios
correspondientes que se otorguen según el volumen y las características de
la población usuaria.
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