REGLAMENTACION DE LA LEY 16.858, REFERENTE AL RIEGO CON DESTINO AGRARIO Y REGULACION DEL APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS DEL DOMINIO PUBLICO




Promulgación: 05/11/2018
Publicación: 12/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.858 de 03/09/1997.

Artículo 13

   (Programa de promoción del riego) A los efectos de lo previsto en el Artículo 17° de la Ley N° 19.553 de 27 de octubre de 2017, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, elaborará y actualizará según corresponda, un programa de promoción del riego que incluya las estrategias de fomento y el conjunto de las potenciales obras hidráulicas para riego por cuencas hidrográficas, basados en estudios de caracterización que contemplen los aspectos hidrológicos, ambientales y socio económicos. Cada uno de los organismos tendrá especialmente en cuenta el referido programa al momento de otorgar y renovar permisos o concesiones, a proyectos de riego y obras hidráulicas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 15.
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