APROBACION DE NORMAS PARA LA REALIZACION DEL CENSO LABORAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 1974




Promulgación: 30/04/1975
Publicación: 19/05/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 986
Referencias a toda la norma

Artículo 5

La omisión de la presentación de la ficha de Censo Laboral dentro del
plazo establecido o la falsedad de los datos anotados en la misma, será
sancionada de acuerdo con lo establecido por el artículo 489º de la ley
13.640 de 26 de diciembre de 1967. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 8.
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