REGLAMENTACION DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL (SNFP)




Promulgación: 02/12/2019
Publicación: 11/12/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO II - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Artículo 10

   (Secretariado Ejecutivo) Las acciones que la Comisión Interinstitucional y Tripartita determine, serán implementadas por un Secretariado Ejecutivo de carácter técnico, conformado por:
   a) un representante de MTSS/DINAE
   b) un representante de MEC / DE
   c) un representante del Sistema Nacional de Educación Pública
   d) un representante de INEFOP
   Las instituciones y organizaciones referidas designarán junto a sus representantes titulares un delegado alterno a los efectos de garantizar su funcionamiento.
   Se exhorta al Sistema Nacional de Educación Pública, a designar un representante titular y un delegado alterno de la Universidad de la República, del Consejo de Educación Técnico Profesional y de la Universidad Tecnológica, que se alternarán en el Secretariado Ejecutivo por un período a determinarse. El representante de INEFOP será designado por su Consejo Directivo, a propuesta de los actores sociales.
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