APROBACION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES PARA LA ADMINISTRACION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES




Promulgación: 07/10/1997
Publicación: 21/10/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 968
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   Derechos del Personal. Todo funcionario tendrá derecho a percibir, con
carácter general, además del sueldo básico y el aguinaldo correspondiente,
los beneficios siguientes: Primas por Antigüedad, Matrimonio, Nacimiento y
Hogar Constituído, Asignación Familiar, Reintegro de la Cuota Mutualista
de Asistencia Médica o en su defecto Cobertura Médica Total, Compensación
por cuota Telefónica y Prestación por Alimentación.-

   Las retribuciones de los integrantes del Directorio y del Gerente
General, se regirán por las disposiciones del Poder Ejecutivo en la
materia.
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