APROBACION DE LA RESOLUCION GMC 07/22. REQUISITOS ZOOSANITARIOS DE LOS ESTADOS PARTES PARA LA IMPORTACION DE HUEVOS PARA INCUBAR DE AVES DE CORRAL DE UN DIA Y EL MODELO DE CERTIFICADO VETERINARIO INTERNACIONAL
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: lo dispuesto por la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) N° 07/22, de 9 de junio de 2022;
RESULTANDO: que por la mencionada Resolución, fueron revisadas las disposiciones contenidas en la Resolución GMC N° 31/18, aprobándose los requisitos zoosanitarios de los Estados Partes del MERCOSUR, para la importación de huevos para incubar de aves de corral y aves de corral de un día y el "Modelo de Certificado Veterinario Internacional". Asimismo, se dispuso la derogación de la Resolución GMC N° 31/18;
CONSIDERANDO: I) que la adopción de la referida Resolución GMC 07/22, de 9 de junio de 2022, facilitará el intercambio comercial de la importación de huevos para incubar de aves de corral y aves de corral de un día desde y hacia los territorios de los Estados Partes del MERCOSUR y de terceros países, sin afectar la condición sanitaria en el ámbito nacional y regional;
II) que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción - Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995 - los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar, en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR previstos en el referido Protocolo;
III) que resulta necesario, por tanto, incorporar al derecho positivo nacional, la Resolución MERCOSUR/GMC N° 07/22, de 9 de junio de 2022;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Adóptanse los "Requisitos Zoosanitarios de los Estados Partes para la importación de huevos para incubar de aves de corral y aves de corral de un día", así como el "Modelo de Certificado Veterinario Internacional", (*) aprobados por la Resolución MERCOSUR/GMC N° 07/22, de 9 de junio de 2022, cuyo texto consta como Anexo al presente Decreto y forma parte integrante del mismo.
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Ganaderos, dará cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto.
Derógase el Decreto N° 182/019, de 24 de junio de 2019, relativo a la incorporación de la Resolución MERCOSUR/GMC N° 31/18 al derecho positivo nacional.