MODIFICACION DEL DECRETO 220/998 RELATIVO A LA REGLAMENTACION DEL IVA




Promulgación: 08/12/2010
Publicación: 17/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1397
VISTO: el inciso segundo del artículo 5° del Título 10 del Texto Ordenado
1996, que faculta al Poder Ejecutivo a determinar cuáles son las
operaciones comprendidas en el concepto de exportación de servicios.

RESULTANDO: I) que el Poder Ejecutivo ha otorgado en concesión
determinados muelles para operar con tenders de cruceros de turismo, como
contrapartida de la ejecución de obras para su recuperación y adecuación a
la operativa prevista.

II) que uno de los principales objetivos perseguidos es el de
descongestionar el tráfico en el Muelle Oficial, por el gran volumen de
embarcaciones deportivas y de paseo que solicitan servicios en temporada.

III) que si bien ambos muelles forman parte de un mismo conjunto
operativo, la normativa aduanera y portuaria los cataloga distinto, lo que
podría ocasionar diferentes tratamientos tributarios.

CONSIDERANDO: conveniente interpretar el alcance de los servicios
incluidos en el numeral 3 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998 artículo 34 
numeral 3º), inciso 2º).

JOSE MUJICA - FERNANDO LORENZO
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