PARTIDAS PRESUPUESTALES. FUNCIONARIOS DOCENTES. TRANSPORTE TERRESTRE. ENSEÑANZA PUBLICA. FONDO PARA TRASLADO DE DOCENTES. FONDO DE INVERSIONES. TRANSPORTE COLECTIVO. TRANSPORTE DE PASAJEROS




Promulgación: 11/05/1988
Publicación: 22/06/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 430
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El fondo permanente concedido en base a lo dispuesto por el artículo 1º
estará sujeto al tope equivalente al 2 duodécimos del Crédito respectivo
de acuerdo a lo establecido por el artículo 16 del decreto-ley 14.867 de 
24 de enero de 1979. 
Ayuda