CAPACITACION DEL PERSONAL INSPECTIVO DEL BANCO DE SEGUROS DEL ESTADO




Promulgación: 22/07/1992
Publicación: 30/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.074 de 10/10/1989 artículo 56.

Artículo 5

   El personal de inspección, tanto el actual como el que fuere designado
en el futuro para asegurar el eficaz cumplimiento de la función inspectiva
y de contralor, actuará bajo las directivas del Departamento de Accidentes
del Trabajo del Banco de Seguros del Estado, a cuyo cargo estarán los
cursos de capacitación correspondientes.  
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