Visto: la recomendación formulada por el II Seminario Estadístico
Nacional referida a la necesidad de organizar el Sistema Estadístico
Nacional por Sectores de interés, cada uno de los cuales contará con una
Unidad Coordinadora Sectorial, asignando a la Dirección General de
Estadística y Censos la responsabilidad de la Coordinación General del
Sistema.
Resultando: que la actual falta de coordinación de los servicios
estadísticos en el plano administrativo, metodológico y funcional, a cargo
de los diferentes organismos públicos, impide un eficaz funcionamiento del
Sistema Estadístico Nacional.
Considerando: I) Que compete a la Dirección General de Estadística y
Censos la coordinación de los datos estadísticos obtenidos de todas las
oficinas del Sector Público (artículo 71 de la ley 11.923, del 27 de marzo
de 1953);
Que por los artículos 65 y 68 de la citada ley 11.923, la Dirección
General de Estadística y Censos tiene la facultad de exigir de las
respectivas oficinas los datos e informes que considere necesarios,
ajustando su procedimientos a las normas y directivas que fije la citada
Dirección;
II) Que el objetivo asignado a la Dirección General de Estadística y
Censos por el artículo 1º del reglamento orgánico aprobado por el decreto
385/978, de 5 de julio de 1978, consiste en la elaboración, supervisión y
coordinación de las estadísticas nacionales;
III) La necesidad de instrumentar las recomendaciones emanadas del II
Seminario Estadístico Nacional, dispuesto por el decreto 706/980, del 26
de noviembre de 1980.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión,
El Presidente de la República
DECRETA:
La Dirección General de Estadística y Censos tendrá a su cargo la
Coordinación General del Sistema Estadístico Nacional, propiciando la
aplicación de los procedimientos metodológicos tendientes a obtener un
óptimo nivel de calidad y aceptación de los datos, evitando la
superposición de tareas, así como la vigencia de las demandas
insatisfechas.
Se establecen los siguientes Sectores de Producción Estadística,
indicando para cada uno de ellos la Unidad Sectorial correspondiente:
Sector Población Dirección General de Estadística y
Censos.
Sector Educación Oficina de Estadística de
Planeamiento Educativo (Ministerio
de Educación y Cultura).
Sector Cultura Oficina de Estadística de
Planeamiento Educativo (Ministerio
de Educación y Cultura).
Sector Salud y subsectores División Estadística del
Defunciones y Nacimientos Ministerio de Salud Pública.
Sector Seguridad Social Asesoría Económica y Actuarial
(Dirección General de la Seguridad
Social).
Sector Justicia Ministerio de Justicia.
Sector Vivienda y Desarrollo Dirección General de Estadística y
Urbano Censos transitoriamente, hasta la
implantación de la unidad
correspondiente.
Sector Agropecuario Ministerio de Agricultura y Pesca.
Sector Pesca Instituto Nacional de Pesca.
Sector Industria y Comercio Dirección General de Estadística y
Servicios Censos transitoriamente, hasta la
implantación de las respectivas
unidades sectoriales.
Sector Transporte Unidad de Planificación del
Transporte (Ministerio de
Transporte y Obras Públicas).
Sector Telecomunicaciones Sección Estadísticas y Presupuesto
por Programa de A.N.T.E.L.
Sector Servicio Postal Sección Estadística de la
Dirección Nacional de Correos.
Sector Energía Dirección de Energía (Ministerio
de Industria y Energía).
Sector Externo Banco Central del Uruguay
(Departamento de Investigaciones
Económicas).
Sector Finanzas Públicas Contaduría General de la Nación
(División Contabilidad General).
Sector Moneda y Banca - Banco Central del Uruguay
Finanzas del Sector Privado (Departamento de Investigaciones
Económicas).
Sector Turismo Departamento de Investigación
(Dirección Nacional de Turismo
Ministerio de Industria y
Energía).
Sector Cuentas Nacionales Banco Central del Uruguay
(Departamento de Investigaciones
Económicas).
Sector Precios y Salarios Dirección General de Estadística y
Censos.
Las Unidades Coordinadoras Sectoriales deberán elaborar las
estadísticas de su competencia, así como coordinar las estadísticas
producidas por el Sector y realizar el nexo entre las Unidades Productoras
y la Dirección General de Estadística y Censos.
ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO
D. TOURREILLES - CARLOS A. MAESO - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS MATTOS MOGLIA - JULIO C. ESPINOLA