REGLAMENTACION DE LA LEY 16.343 RELATIVO A LA INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS INSTITUTOS DE MEDICINA ALTAMENTE ESPECIALIZADA




Promulgación: 05/08/1993
Publicación: 13/08/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 134
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.343 de 24/12/1992.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DE LA COBERTURA DE LOS AFILIADOS A LAS INSTITUCIONES PRIVADAS PRESTADORAS DE ASISTENCIA MEDICA

Artículo 11

    Las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva definidas en el
artículo 6 del decreto ley 15.181 de 21 de agosto de 1981 deberán asegurar
la cobertura de la totalidad de sus afiliados con relación a las
afecciones y técnicas incluídas en el Fondo Nacional de Recursos, a través
de los mecanismos previstos por la ley 16.343 y el presente Decreto. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 16 y 35.
Ayuda