CONTRATACIONES DEL ESTADO. PLIEGO GENERAL PARA EL LLAMADO A LICITACIONES PUBLICAS DE SERVICIOS NO PERSONALES




Promulgación: 10/05/1988
Publicación: 30/06/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 420
    Visto: las normas sobre Ordenamiento Financiero aprobadas con la Ley
de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal,
correspondiente al ejercicio 1986, Ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987.

   Considerando: I) Que el artículo 488 de la citada Ley faculta al Poder
Ejecutivo con la conformidad del Tributo de Cuentas a formular
reglamentos o pliegos únicos de bases y condiciones generales para los
Contratos que en dicha disposición se detallan;

   II) Que es necesario contar con una reglamentación específica que
establezca las condiciones generales que habrán de regir en los llamados
a Licitación Pública para la contratación de Servicios No Personales;

   III) Que a tal fin, el Ministerio de Turismo ha Proyectado un pliego
de Condiciones referente a esa materia, el que fue sometido al Tribunal
de Cuentas de la República y fue devuelto sin observaciones.

   Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por el
artículo 488 de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987,

                       El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el siguiente Pliego de Condiciones Generales que regirá en
los llamados a Licitación Pública para la contratación de Servicios No
Personales: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

    Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - JOSE VILLAR GOMEZ
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