REGLAMENTACION DEL INGRESO Y ASCENSO DE PERSONAL POLICIAL ESPECIALIZADO EN LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS




Promulgación: 22/06/1976
Publicación: 30/06/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 1289

Artículo 3

En caso de que en el Grupo correspondiente a la especialidad no exista
presupuestado, el grado jerárquico de Bombero de 2ª, el ingreso a dicho
grupo, especialidad y funciones se efectuará por el cargo presupuestado de
jerarquía más baja existente. En tal caso tendrán prioridad para aspirar
al ingreso al Grupo, especialidad y funciones, por su orden, los
funcionarios titulares de jerarquía inmediata inferior y los de las
jerarquías inferiores, en orden sucesivo, de los demás grupos y
especialidades del mismo Subescalafón. Agotado el orden de prioridad
expresado, podrán proveerse los cargos con otros aspirantes que reúnan las
condiciones personales reglamentarias.
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