FUNCIONARIOS - REGIMEN DE CALIFICACIONES - CARGOS




Promulgación: 03/08/1993
Publicación: 20/08/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 24

    El incumplimiento por parte de los funcionarios intervinientes en todo
el proceso de calificación de las obligaciones impuestas por el presente
decreto se reputará omisión grave de los deberes del cargo y dará lugar a
la aplicación de la sanción correspondiente. La sanción llevará anexo un
abatimiento de hasta el 50% (cincuenta por ciento) del respectivo puntaje
de calificación del funcionario.
 Será responsabilidad de cada jerarca la iniciación de los procedimientos
disciplinarios pertinentes. En caso omiso, incurrirá en culpa grave.  
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