FUNCIONARIOS - REGIMEN DE CALIFICACIONES - CARGOS




Promulgación: 03/08/1993
Publicación: 20/08/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 15

  El tribunal de calificaciones deberá:
 A) Fijar criterios de evaluación.
 B) Capacitar a los supervisores respecto de la aplicación del presente
    Decreto con el fin de lograr la mayor objetividad en la tarea de
    evaluar a sus subordinados.
 C) Informar a los supervisores acerca de los criterios de evaluación
    adoptados y evacuar las consultas que aquellos les formulen.
 D) Efectuar las calificaciones de los funcionarios.
 E) Tomar las medidas necesarias que aseguren la publicación de las
    calificaciones. 
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