INSPECCION GENERAL DE HACIENDA. TRIBUTOS. FUNCIONARIOS PUBLICOS. RETENCIONES




Promulgación: 21/07/1966
Publicación: 29/07/1966

Resumen:

Dispónese que la Inspección General de Hacienda estará representada en
las Asambleas que celebren las entidades de carácter civil que estuvieren
autorizadas para efectuar retenciones a sus afiliados pertenecientes a la
Administración Pública.
Derogada/o por: Decreto Nº 223/998 de 17/08/1998 artículo 10.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.420 de 02/12/1965 artículo 150.


		
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