UNIVERSIDADES PRIVADAS - REGLAMENTACION AL ORDENAMIENTO DEL SISTEMA DE ENSEÑANZA TERCIARIA PRIVADA




Promulgación: 23/07/2008
Publicación: 28/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 230
VISTO: la necesidad de asegurar la continuidad del funcionamiento del
Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada;

RESULTANDO: que el inciso 3° del Artículo 23 del Decreto 308/995 de 11 de
agosto de 1995 establece que los miembros de dicho Consejo Consultivo
permanecerán 3 años en sus cargos;

CONSIDERANDO: I) que los fines establecidos en el VISTO, corresponde
modificar el inciso 3° del precitado decreto, posibilitando la prórroga de
la designación de sus integrantes;

II) que asimismo corresponde convalidar la prórroga de las funciones de
los actuales integrantes;

ATENTO: A lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 104/014 de 28/04/2014 artículo 33.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 354/008 de 23/07/2008 artículo 1.

Artículo 2

 Convalídese la prórroga de la actuación de los actuales integrantes del
precitado Consejo Consultivo.

Artículo 3

 Comuníquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - MARIA SIMON
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