El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
A los solos efectos de lo previsto en el artículo 40° de la Ley No. 18.602, de 21 de setiembre de 2009, se incluirán como disponibilidades los créditos cuyo plazo de vencimiento remanente sea menor a un año, a contar desde la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto.