FIJACION DE PRECIOS. GUIAS DE TRANSITO TERRESTRE




Promulgación: 26/07/1989
Publicación: 24/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

  Modifícase el artículo 11 del Decreto 532/968 de 3 de setiembre de
1968, el que quedará redactado de la siguiente forma:

   "ARTICULO 11.- La omisión de la formalidad de las Guías de Tránsito
será sancionada con una multa equivalente a cinco veces su valor, sin
perjuicio de las demás sanciones que correspondieren si se hubiere
configurado otro ilícito fiscal.
   Son responsables de la multa el remitente de las mercaderías o efectos
y su transportador.
   La multa será aplicada por la Dirección Nacional de Aduanas la que
deberá llevar un "Registro de Infractores". 

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