REDUCCION DEL PRECIO DE LAS CUOTAS MUTUALES QUE PRESTAN LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 17/09/2007
Publicación: 24/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 724

Artículo 5

 El incumplimiento de lo precedentemente establecido podrá dar lugar a las
sanciones que pudieran corresponder, previstas por las Leyes Nº 10.940 de
19 de setiembre de 1947 y Nº 17.250 de 11 de agosto de 2000 y sus
modificativas.
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