MIGRACIONES. TARJETA DE SALIDA




Promulgación: 07/05/1974
Publicación: 17/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 253/978 de 09/05/1978 artículo 1.
Dispónese que toda persona que egrese del territorio nacional, deberá hacerlo por los puntos habilitados, pasando por el previo control de las autoridades de Migración. Establécese la obligatoriedad de la Tarjeta de Salida para todos los uruguayos y residentes en el país, la que deberán obtener para hacer abandono del territorio nacional en forma temporaria o definitiva.

Artículo 1



		
		Ayuda