REGIMEN DE CONTRATO BECA Y PASANTIA EN LOS INCISOS 02 AL 15




Promulgación: 28/08/2001
Publicación: 04/09/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 522
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículos 620 Derogada/o, 621 Derogada/o, 622 
Derogada/o, 623 Derogada/o, 624 Derogada/o, 625 Derogada/o, 626 Derogada/o y 627 Derogada/o.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 En los contratos de becas y pasantías, la Administración dará 
preferencia a los estudiantes universitarios o del Consejo de Educación 
Técnico Profesional de la Administración Nacional de Educación Pública 
(ANEP) o del Centro de Capacitación y Producción (CECAP) del Ministerio 
de Educación y Cultura (MEC), otorgando a los estudiantes de dichos 
centros educativos un puntaje básico del 20% del total asignado en las 
bases del llamado.
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