Serán cometidos de esta Comisión los siguientes:
a) formular un Programa de Desarrollo del Cultivo del Algodón a mediano y
largo plazo que sirva de marco a las actividades a cumplir.
Las bases de este programa serán las actividades de investigación
agronómica, promoción del cultivo y asistencia técnica a los
productores.
b) realizar convenios con instituciones que se responsabilicen de la
ejecución de las actividades del Programa.
c) recibir, analizar y aprobar los planes de trabajo anuales que las
instituciones que participen de "los convenios propongan para obtener el
apoyo, financiero del Programa de Desarrollo del Cultivo del Algodón.
d) recibir y analizar la rendición de los planes anuales una vez éstos
cumplidos.
e) estudiar y proponer el otorgamiento de exoneraciones impositivas a la
introducción de equipos y maquinarias para los procesos de cosecha y
postcosecha, precisamente definidos y acotados en el tiempo.
f) proponer incentivos para la valorización de los subproductos del
algodón, en especial la utilización de la semilla y del linter.
g) analizar y coordinar con el Banco de la República Oriental del Uruguay
la operativa crediticia para el cultivo.
h) estudiar y proponer el otorgamiento de partidas especiales para la
ejecución de proyectos concretos tales como adecuación de la capacidad
de desmontado, equipos para investigación de campo y de laboratorio,
etc.
i) asesorar al Poder Ejecutivo sobre cualquier otra medida a tomar para
facilitar el desarrollo del cultivo del algodón.