FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO N° 11 CAPITULO II CASAS DE FOTOGRAFIAS COMERCIALIZACION DE ARTICULOS DE CINE FOTO Y AFINES




Promulgación: 23/07/1987
Publicación: 18/08/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

Durante el período comprendido entre el 1º de junio de 1987 y el 30 de
setiembre de 1987, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a
los precios de venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas
que integran este subgrupo salarial.
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