AUTORIZACIONES PARA EL TRANSITO DE ANIMALES EN LA VIA PUBLICA




Promulgación: 25/09/2006
Publicación: 29/09/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 765
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 En esas circunstancias, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
por medio de la Dirección General de Servicios Ganaderos - a través de
sus oficinas competentes-, extenderá las autorizaciones a los productores
para el pastoreo en la vía pública, mientras duren las condiciones
climáticas que configuran la causal de fuerza mayor.
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