OBLIGATORIEDAD DE NOTIFICAR TODOS LOS NACIDOS VIVOS DE BAJO PESO. REGISTRO DE LA MORBI MORTALIDAD HOSPITALARIA




Promulgación: 24/08/2001
Publicación: 31/08/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 513

Artículo 4

 El formulario de Registro deberá ser llenado a los 27 (veintisiete) dias 
y el alta a domicilio o fallecimiento del Recién Nacido, por un 
profesional responsable de la asistencia del mismo.
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