CREACION DE CONDECORACION "DIRECCION DE LA POLICIA NACIONAL"




Promulgación: 12/12/2024
Publicación: 18/12/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de establecer distinciones a ser otorgadas por la Dirección de la Policía Nacional, con la finalidad de reconocer y homenajear a autoridades, personalidades e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras y policías, en situación de actividad o retiro, como forma de honrar actos de cooperación o aportes excepcionales en áreas de trabajo, que coadyuven al logro de la misión institucional;

   RESULTANDO: I) que en el quehacer profesional y operativo de la Policía Nacional existen matices o rasgos diferenciales que son susceptibles de ser valorados y resaltados en diferentes formas, retribuyendo simbólicamente servicios, participaciones y/o acciones distinguidas, que impacten positivamente en la visión estratégica y consecución de los objetivos propuestos en pos de proteger el libre ejercicio de los derechos, libertades, orden público y seguridad interna del país;

   II) que varias normas establecen el otorgamiento de premios, condecoraciones, honores y distinciones que se entregan anualmente con motivo de la celebración del "Día de la Policía" y "Día del caído en cumplimiento del deber"; sin embargo, no se encuentra previsto un premio o distinción a ser discernida por la Dirección de la Policía Nacional;

   CONSIDERANDO: I) que se han verificado situaciones que son merecedoras de ser reconocidas por el Mando Profesional Operativo de la Policía Nacional;

   II) que se entiende pertinente el dictado de una norma específica que establezca las características y oportunidades de las distinciones a ser otorgadas por la Dirección de la Policía Nacional;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Institúyense la medalla, condecoración y emblema de pecho "Dirección de la Policía Nacional", que se entregarán en reconocimiento a la labor y aportes significativos, que fortalezcan las capacidades institucionales de la Policía Nacional, por parte de autoridades, personalidades e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras y policías, en situación de actividad o retiro, como forma de honrar y distinguir acciones excepcionales de cooperación interinstitucional, destacada participación en actividades o cumplimiento de funciones que impacten positivamente en el desarrollo y cumplimiento de la visión estratégica de la Policía Nacional, para la defensa de la paz pública, seguridad interna y libre ejercicio de los derechos y libertades individuales.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.

   LACALLE POU LUIS - NICOLÁS MARTINELLI
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