Las instituciones públicas y privadas donde fallezcan los niños menores
de 15 años serán las responsables de remitir al secretario/a del "Comité
Regional" toda la información pertinente al caso en un plazo menor a 15
días luego de ocurrida la muerte.- En caso que el niño no fallezca en una
Institución pública o privada, el responsable de remitir la información
pertinente al caso será el Director Departamental de Salud del lugar de
residencia del niño en plazo de 15 días luego de ocurrida la muerte.