APLICACION DEL REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE ADHESIVOS UTILIZADOS EN LA FABRICACION DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS DESTINADOS A ENTRAR EN CONTACTO CON ALIMENTOS - RESOLUCION GMC 27/99
VISTO: la resolución N° 27/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por
la que se aprobó el documento "Reglamento Técnico MERCOSUR sobre
Adhesivos Utilizados en la Fabricación de Envases y Equipamientos
Destinados a entrar en Contacto con Alimentos";
CONSIDERANDO: I) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional
al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR
-Protocolo de Ouro Preto - aprobado por la Ley No. 16.712 de 1° de
setiembre de 1995, respecto de que los Estados parte se comprometen a
adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos
territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos
correspondientes previstos en el artículo 20 del referido Protocolo;-
II) lo informado por la División Jurídico-Notarial y la División
Productos de Salud del Ministerio de Salud Pública;
ATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1° y siguientes de la Ley
No.9.202 de 12 de enero de 1934 y concordantes;
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Declárase aplicable en el derecho interno el documento denominado
"Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Adhesivos Utilizados en la Fabricación
de Envases y Equipamientos Destinados a entrar en Contacto con Alimentos"
aprobado por la resolución N° 27/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR,
que figura como Anexo y forma parte del presente Decreto. (*)