TRANSPORTE AEREO - TARIFAS PUBLICAS




Promulgación: 23/07/1993
Publicación: 06/08/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea a efectos de que
se incremente el Precio por Servicio de Embarque previsto por el Decreto
387/983 de 7 de octubre de 1983, en la redacción sustitutiva dada por los
Decretos 457/991 de 27 de agosto de 1991 y 117/992 de 17 de marzo de 1992.

 Resultando: que los precios que percibe la Dirección General de
Infraestructura Aeronáutica por la prestación del Servicio de Embarque a
los pasajeros que viajan al exterior y utilizan las instalaciones
aeroportuarias se fijan en base al costo de éstos y su mantenimiento, como
asimismo a la cantidad de servicios brindados.

 Considerando: que es necesario, de acuerdo a lo antes expuesto,
racionalizar los precios para los vuelos internacionales, salvo el
denominado "puente aéreo" que debe guardar relación con el Aeropuerto de
destino.

 Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el artículo
70 del Código Aeronaútico, Decreto Ley 14.305 de 29 de noviembre de 1974.

                     El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyese en el artículo 3ro. del Decreto 387/983 de 7 de octubre de 
1983, Tabla 8, "Precio por Servicio de Embarque", en las redacciones 
sustitutivas dadas por los Decretos 457/991 de 27 de agosto de 1991 y 
117/992 de 17 de marzo de 1992, el que quedará redactado de la siguiente 
forma: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

  Comuníquese, publíquese, archívese. 

LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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