REGLAMENTACION DEL ART. 198 DE LA LEY 19.889 RELATIVO AL RECONOCIMIENTO DEL NIVEL UNIVERSITARIO DE CARRERAS DE FORMACION DOCENTE IMPARTIDAS POR ENTIDADES PUBLICAS NO UNIVERSITARIAS




Promulgación: 04/12/2020
Publicación: 21/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 198.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   (Consejo Consultivo, cometido).- El Consejo Consultivo previsto por el artículo 198 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, asesorará al Ministerio de Educación y Cultura en el reconocimiento del nivel universitario de carreras de formación en educación impartidas por entidades públicas no universitarias.
   Para emitir sus dictámenes, que no tendrán carácter vinculante, el Consejo evaluará el cumplimiento de los criterios de calidad que se establezcan oportunamente, en consonancia con los acuerdos internacionales vigentes.
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