REGLAMENTACION DEL ART. 62 DE LA LEY 18.719 RELATIVO A LA FACULTAD DEL PODER EJECUTIVO DE AUTORIZAR LA TRANSFORMACION DE CARGOS NECESARIOS PARA SU FUNCIONAMIENTO




Promulgación: 21/09/2011
Publicación: 04/10/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 727
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 62.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 En todos los casos el jerarca de la Unidad Ejecutora, justificará en
forma fehaciente la necesidad de la transformación solicitada.
Dichas solicitudes deberán ser canalizadas a través de la Dirección
General de Secretaría del Inciso que realizará una evaluación de las
necesidades planteadas.
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