CREACION DEL COMITE NACIONAL DE GEOPARQUES DE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO)




Promulgación: 17/10/2016
Publicación: 24/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   El Comité Nacional de Geoparques tendrá los siguientes cometidos: 
   a.     Promover el relevamiento del patrimonio geológico en Uruguay, concientizar sobre su importancia e implementar acciones tendientes a su conservación; 
   b.     Identificar, acordar, proponer e implementar acciones tendientes a la gestión y preservación de los Geoparques mundiales de la UNESCO en Uruguay;
   c.     Promover la creación y el desarrollo de nuevos Geoparques mundiales de la UNESCO en el país, evaluando y aprobando solicitudes, revalidaciones y ampliaciones;
   d.     Promover la cooperación internacional entre los Geoparques mundiales de la UNESCO;
   e.     Impulsar y apoyar estrategias y acciones de promoción de la participación local en favor del desarrollo sostenible en y entre los Geoparques mundiales de la UNESCO;
   f.     Promover el turismo como estrategia de desarrollo sustentable en los Geoparques mundiales de la UNESCO en Uruguay.
   g.     Presentar a la Comisión Nacional para la UNESCO un informe anual de sus actuaciones y todas las solicitudes de designación como Geoparque mundial de la UNESCO;
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