Antes del 31 de enero de 1980, los jerarcas de los Incisos deberán
elevar a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión el
desglose de las "partidas globales a asignar por proyecto" y las
inversiones a ejecutar financiadas con proventos, donaciones, traslaciones
de bienes y transferencias, cuando corresponda.
La Contaduría General de la Nación no dará trámite a ninguna imputación
que se realice con cargo a partidas globales, hasta que el Poder Ejecutivo
autorice su desglose a nivel del proyecto.