PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS. EJERCICIO 1980




Promulgación: 16/01/1980
Publicación: 28/01/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 72
Referencias a toda la norma

Artículo 16

   Los jerarcas de los diferentes Incisos del Presupuesto Nacional
presentarán a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y a
la Contaduría General de la Nación, información sobre las ejecuciones
trimestrales de inversión dentro de los 30 días de vencido el mismo, en la
forma en que aquéllas coordinadamente determinen.
   La Contaduría General de la Nación no dará trámite a ninguna imputación
de inversión en los Incisos que no cumplan con este requisito hasta que se
regularice la situación.
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