ACTUALIZACION DEL REGIMEN GENERAL DE PROMOCION DE INVERSIONES, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR LA LEY 16.906, POR LA QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES A DETERMINADAS EMPRESAS




Promulgación: 23/12/2025
Publicación: 13/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

  (Declaratoria promocional).- Corresponderá al Poder Ejecutivo declarar promovidos los proyectos de inversión de las empresas de acuerdo a lo dispuesto por el Capítulo III de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998.

   Las empresas que proyecten realizar inversiones con destino a su giro podrán solicitar se las considere a efectos de obtener los beneficios de la declaratoria promocional presentándose a tal fin ante la Comisión de Aplicación, a través de los mecanismos que ésta determine. Quedan comprendidas en esta previsión las empresas que desarrollan su actividad en un sector que ya haya sido declarado promovido por el Poder Ejecutivo, para la obtención de beneficios complementarios a los ya otorgados a dicho sector.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 23 (vigencia).
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