APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS. EJERCICIO 2024




Promulgación: 26/10/2023
Publicación: 10/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 18

   Toda perso¬na designada por el Poder Ejecutivo a cumplir funciones de Capitán de Puertos percibirá una retribución mensual, a precios de enero 2023, según los siguientes niveles:
   Nivel 1 - Capitán Puerto de Montevideo - De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15° de la Ley N° 16.246, de 8 de abril de 1992 modificado por el artículo 338° de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018, el sueldo a percibir es $ 138.717,00 más Gastos de Representación por $43.785,00 ascendiendo a un total de $182.502,00.
   Nivel 2 - Capitanes Puerto Colonia y Puerto Nueva Palmira, con un sueldo máximo de $ 141.171,00. Es esta, la retribución nominal máxima mensual por todo concepto, equivalente a la diferencia existente con cualquier otra remuneración que perciba con cargo a fondos del Estado.
   Nivel 3 - Otras Capitanías Puertos del Interior, con un sueldo equivalente al 50% (cincuenta por ciento) del Nivel 2. 
   Esta retribución se ajustará de acuerdo a los incrementos salariales que fije el Poder Ejecutivo.
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