FIJACION DE NORMAS PARA LA LIQUIDACION DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO Y DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO




Promulgación: 19/09/1983
Publicación: 27/09/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 537

Artículo 4

          Los pagos a cuenta del Impuesto a las Rentas de la Industria y
Comercio e Impuesto al Patrimonio por el ejercicio fraccionado comenzado
el 1 de enero de 1983 se continuarán realizando de acuerdo con los de
las liquidaciones del ejercicio 1981/982.
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