La Dirección General de Servicios Agronómicos aprobará, si
correspondiere, la solicitud de registro, procederá a su inscripción y
expedirá el certificado que acredite la misma.
Si así fuera requerido, los interesados deberán suministrar
bibliografía de toda información que tienda a facilitar la experimentación
y el estudio de los alimentos cuyo registro gestione así como toda otra
información que la Dirección General de Servicios Agronómicos les
solicite.