APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 2014




Promulgación: 04/10/2013
Publicación: 18/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1329
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 ESTRUCTURA ESCALAFONARIA. Se establecen las siguientes series de cargos
dentro de los respectivos escalafones, ordenados jerárquicamente:

ESCALAFÓN: GERENCIAL

SERIE: Gerencial
CARGOS:
1.- Jefe de Departamento
2.- Gerente de División
3.- Gerente de Área
4.- Gerente General

ESCALAFÓN: ADMINISTRATIVO
SERIE: Casa Central
CARGOS:
     1.- Administrativo 3
     2.- Administrativo 2
     3.- Administrativo 1
     4.- Ejecutivo 3
     5.- Ejecutivo 2
     6.- Ejecutivo 1

SERIE: Sucursales
CARGOS:
     1.- Administrativo 3 Sucursal
     2.- Administrativo 2 Sucursal
     3.- Administrativo 1 Sucursal
     4.- Gerente 2 Sucursal
     5.- Gerente 1 Sucursal
     6.- Supervisor de Sucursales

ESCALAFÓN: TÉCNICO-PROFESIONAL
SERIE: Profesional
CARGOS:
     1.- Profesional 2
     2.- Profesional
     3.- Supervisor Profesional

Esta Serie del Escalafón Técnico - Profesional comprenderá cargos que sólo
podrán ser desempeñados por profesionales universitarios (con título
expedido por la Universidad de la República o por Instituciones
Universitarias habilitadas) en las áreas de conocimiento relativas a:
Administración, Arquitectura, Ciencias Económicas, Economía y Finanzas,
Jurídico -Notarial e Ingeniería en Sistemas/Informática. En caso de que el
Banco requiera un profesional no comprendido en estas áreas de
conocimiento, podrá incluirlo siempre que se cuente con la aprobación de
la O.N.S.C y O.P.P.
SERIE: Técnico
CARGO:
1.- Técnico
Esta Serie del Escalafón Técnico - Profesional comprenderá cargos que sólo
podrán ser desempeñados por profesionales universitarios (con título
expedido por la Universidad de la República o por Instituciones
Universitarias habilitadas) en las áreas de conocimiento relativas a
Administración, Jurídico -Notarial, Comunicación, Marketing, Relaciones
Laborales y Psicología. En caso de que el Banco requiera un profesional
universitario no comprendido en estas áreas de conocimiento, podrá
incluirlo siempre que se cuente con la aprobación de la O.N.S.C, O.P.P, y
Tribunal de Cuentas.

ESCALAFÓN: SERVICIOS Y OFICIOS
SERIE: Servicios y Oficios Casa Central
CARGOS:
     1.- Asistente 2
     2.- Asistente 1
SERIE: Supervisión
CARGO:
     1.- Encargado de Servicios
     2.- Supervisor General
ESCALAFÓN: INFORMÁTICA
SERIE: Informática
CARGOS:
     1.- Operador 2
     2.- Operador 1
     3.- Técnico Informática
     4.- Encargado / Analista Informática

Este escalafón comprenderá los cargos que sólo puedan ser desempeñados por
quienes posean una especialización en materia informática, de acuerdo a lo
que establezca la reglamentación respectiva.
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