APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 2014




Promulgación: 04/10/2013
Publicación: 18/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1329
Referencias a toda la norma

Artículo 15

 ESCALAFÓN DE SERVICIOS Y OFICIOS Se establece el siguiente ordenamiento
de las remuneraciones mensuales del personal del Escalafón Servicios y
Oficios.

Años con calificación
habilitante en el Escalafón           Escalón o Grado de la Escala Patrón
INGRESO                                               5
1 año                                                5,2
2 años                                                6
3 años                                               6,2
4 años                                                7
5 años                                               7,2
6 años                                                8
7 años                                               8,2
8 años                                                9
9 años                                               9,2
10 años                                              10
11 años                                             10,2
12 años                                              11
13 años                                             11,2
14 años                                              12
15 años                                             12,2
16 años                                              13
17 años                                             13,2
18 años                                              14
19 años                                             14,2
20 años                                              15
21 años                                             15,2
22 años                                              16
23 años                                             16,2
24 años                                              17
25 años                                             17,2
26 años                                              18
27 años                                             18,2
28 años                                              19
29 años                                             19,2
30 años                                              20
31 años                                             20,2
32 años                                              21
33 años                                             21,1
34 años                                             21,2
35 años                                             21,3
36 años                                              22
37 años                                             22,1
38 años                                             22,2
39 años                                             22,3
40 años                                              23
41 años                                             23,1
42 años                                             23,2

El personal de los distintos cargos del presente escalafón, salvo el
perteneciente al Asistente 2 que podrá correr hasta el grado 18.2, podrá
acceder cada año a un escalón adicional de la escala siempre que el
escalón de cobro resultante no haya superado el escalón inmediato anterior
al cargo inmediato superior y la calificación de desempeño supere el
mínimo habilitante que establezca la reglamentación.
De acuerdo a lo establecido en la cláusula vigésimo octavo, punto vi) del
Convenio Colectivo del 26 de diciembre de 2012, el personal del Escalafón
de Servicios y Oficios anterior al 16 de mayo de 2012 podrá correr al
menos 5 escalones en la EPU vigente en diciembre de 2011 siempre que no
superen el grado 23.2.

15.1° El personal de los cargos: Asistente 2 y Asistente 1, de la serie
SERVICIOS Y OFICIOS DE CASA CENTRAL, percibirá una remuneración mensual y,
siempre que la calificación por desempeño supere el mínimo habilitante que
establezca la reglamentación, podrá acceder a un escalón adicional de las
escalas siguientes:

Cargo                   Años con calificación       Escalón o Grado de la
                       habilitante en el Cargo         Escala Patrón
ASISTENTE 2                   INGRESO                         5
                                1 año                        5,2
                               2 años                         6
                               3 años                        6,2
                               4 años                         7
                               5 años                        7,2
                               6 años                         8
                               7 años                        8,2
                               8 años                         9
                               9 años                        9,2
                              10 años                        10
                              11 años                       10,2
                              12 años                        11
                              13 años                       11,2
                              14 años                        12
                              15 años                       12,2
                              16 años                        13
                              17 años                       13,2
                              18 años                        14
                              19 años                       14,2
                              20 años                        15
                              21 años                       15,2
                              22 años                        16
                              23 años                       16,2
                              24 años                        17
                              25 años                       17,2
                              26 años                        18
                              27 años                       18,2

ASISTENTE 1                   INGRESO                        15
                                1 año                       15,2
                               2 años                        16
                               3 años                       16,2
                               4 años                        17
                               5 años                       17,2
                               6 años                        18
                               7 años                       18,2

15.2° El personal del Cargo Encargado de Servicios de la Serie
SUPERVISIÓN, percibirá una remuneración mensual con ajuste a los grados
que se indican de la Escala Patrón:

Cargo              Años con calificación
                   habilitante en el Cargo         Grados o escalón de la
                                                      Escala Patrón
SUPERVISOR GENERAL           ÚNICO                            41
ENCARGADO DE SERVICIOS       ÚNICO                            32

El cargo de Supervisor General del Escalafón de Servicios y Oficios se
transformará en un cargo de Encargado de Servicios al vacar.

15.3) Sólo en el caso de quienes al 1/1/2010 percibieran compensaciones
por el desempeño de las tareas que se detallan a continuación, la
remuneración básica se integrará además del importe equivalente a los
Escalones de sus respectivas escalas, por los siguientes adicionales:
            *     Ayudante del Servicio de Vigilancia: Escala A
            *     Choferes: Escala B
            *     Artesano: Escala C
            *     Personal afectado a la Imprenta que cumpla funciones de
                  Tipógrafo, Linotipista e Impresor en Offset: Escala D
Al momento de dejar de cumplir las tareas detalladas, cesará
definitivamente el derecho a percibir estos adicionales.
Las escalas retributivas serán las siguientes:

Escalón      Grados de la   Grados de la    Grados de la   Grados de la
del Cargo      Escala A       Escala B        Escala C       Escala D
12                13            13.2             15             16
12.2             13.2            14             15.2           16.2
13                14            14.2             16             17
13.2             14.2            15             16.2           17.2
14                15            15.2             17             18
14.2             15.2            16             17.2           18.2
15                16            16.2             18             19
15.2             16.2            17             18.2           19.2
16                17            17.2             19             20
16.2             17.2            18             19.2           20.2
17                18            18.2             20             21
17.2             18.2            19             20.2           21.1
18                19            19.2             21            21.2
18.2             19.2            20             21.1           21.3
19                20            20.2            21.2            22
19.2             20.2            21             21.3           22.1
20                21            21.1             22            22.2
20.2             21.1           21.2            22.1           22.3
21               21.2           21.3            22.2            23
21.1             21.3            22             22.3           23.1
21.2              22            22.1             23            23.2
21.3             22.1           22.2            23.1            24
22               22.2           22.3            23.2           24.2
22.1             22.3            23              24             25
22.2              23            23.1            24.2           25.2
22.3             23.1           23.2             25             26
23               23.2            24             25.2           26.2
23.1              24            24.2             26             27
23.2             24.2            25             26.2           27.2
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